Aunque organismos como la Comisión Europea o el Parlamento Europeo nos resulten lejanos y desconocidos, en nuestro día a día, como ciudadanos europeos, nos vemos beneficiados de formar parte de lo que hoy llamamos Unión Europea. Poder hablar por teléfono o conectarte a Internet desde tu dispositivo móvil, aunque viajes a otro país europeo al mismo precio que si estuvieras en España, es uno de sus grandes logros. Pero hay más. Por ejemplo, que se respeten tus derechos como consumidor si te encuentras con productos defectuosos.
Entre los muchos proyectos que lleva a cabo la Unión Europea en la actualidad, uno de ellos tiene que ver con “actualizar las normas vigentes sobre productos defectuosos para proteger mejor a los consumidores y seguir el ritmo del desarrollo de las nuevas tecnologías”. En septiembre de 2022, la Comisión presentó una propuesta, que deberá hacer un recorrido por varias instancias y organismos europeos hasta concretarse en una nueva Directiva que se aplicará en todos los países que forman parte de la Unión Europea.
La Directiva actual tiene casi 40 años. Y aunque es muy completa con respecto a los derechos como consumidores en otros países y continentes, se ha quedado atrás. Especialmente en aspectos la duración de un producto, su reciclaje y reutilización, que se pueda reparar y, especialmente en productos tecnológicos, se puedan actualizar. Ya sean productos defectuosos o en buenas condiciones, no podemos bajar la guardia y debemos exigir a los fabricantes lo mejor por su parte.
Un mercado más digital y sostenible
Los principales cambios que se quieren introducir en la normativa actual de protección del consumidor frente a productos, en general, y productos defectuosos, en particular, giran entorno a dos conceptos: lo digital y lo sostenible. Hace 40 años, la concienciación social sobre sostenibilidad, economía circular, reciclaje o reutilización de productos no era tan fuerte como lo es hoy en día.
El usar y tirar está en retroceso, en especial en productos tecnológicos de cierta complejidad. Cuanto más dure un producto, mejor. Y si queremos adquirir otro será por obtener mejores prestaciones, no porque el que tenemos ha dejado de funcionar. En resumen, “los productos deben diseñarse para ser más duraderos, reutilizables, reparables y actualizables”.
Por otro lado, lo digital forma parte de nuestro día a día. Existen cantidad de servicios exclusivamente digitales que también merecen respetar los derechos de los consumidores. Por otro lado, la mayoría de productos y servicios físicos dependen también de lo digital. Sin ir más lejos, si un teléfono o televisor no puede actualizar su software y aplicaciones, su vida útil se verá reducida aunque siga funcionando. Estos y otros aspectos son los que formarán parte de la nueva normativa que protegerá al consumidor europeo.
Daños y responsabilidad por productos de mala calidad
Los responsables de llevar a cabo esta actualización de normativa europea cuentan con unas bases o principios que nutrirán el resto de cambios y mejoras. Y que disfrutaremos en años venideros como consumidores de productos, sean o no defectuosos. Para empezar, en la actualidad, “la directiva sólo reconoce los daños físicos como motivo legítimo para reclamar una indemnización”. Pero el objetivo es ampliar los derechos del consumidor para que sea posible “reclamar una indemnización por daños psicológicos reconocidos médicamente, que requieran terapia o tratamiento médico”. Y, en tercer lugar, “se podrá reclamar una indemnización por la destrucción o corrupción irreversible de datos”.
Segundo pilar. Ampliar el periodo de responsabilidad. “Según la propuesta de la Comisión, el periodo de responsabilidad debe ser de 20 años. El Parlamento quiere ampliar este periodo a 30 años en algunos casos en los que los daños sean visibles después de un periodo de tiempo más largo”. El objetivo último es que los fabricantes de productos diseñen y fabriquen con responsabilidad. Es decir, pensando en el beneficio del cliente a medio y largo plazo. No solamente buscando el beneficio económico directo de la compra-venta.
Otra novedad interesante tiene que ver con la facilidad de comprar productos fuera de la Unión Europea. Para evitar vacíos de responsabilidad, la idea es que “siempre debe haber alguien en la UE que pueda ser considerado responsable de los daños causados por un producto defectuoso, aunque el producto se haya fabricado fuera de la UE. Puede ser el importador del producto o un representante del fabricante”.
Por último, el procedimiento de indemnización debe ser más simple y menos burocrático. En este sentido, es deseable que “las autoridades nacionales de protección de los consumidores proporcionen orientación e información para las reclamaciones de indemnización de forma fácilmente accesible y comprensible”.
Actualizando el concepto de productos defectuosos
En la actualidad, “el carácter defectuoso de los productos se determina por la falta de seguridad, que no responde a lo que esperan los consumidores, y no a la falta de idoneidad para su utilización”. Pero la normativa vigente no tiene en cuenta los cambios que hemos mencionado antes. El objetivo es ampliar el concepto de productos defectuosos al “diseño del producto, sus características técnicas e instrucciones, su uso previsible, los efectos que otros productos puedan tener sobre el producto defectuoso, teniendo en cuenta su vida útil, o su capacidad de aprendizaje continuo”.
El abanico de derechos a garantizar se puede extender en varios sentidos. Varios ejemplos. Disponibilidad de actualizaciones de seguridad y de mantenimiento, permitir al cliente reparar el dispositivo y obtener piezas homologadas durante un mínimo de tiempo, facilitar la reutilización del producto sin que su vida útil dependa de su conexión a Internet o del acceso a servidores del fabricante…